Hace unos días ha entrado en vigor la Ley 31/2015, conocida como “Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social”.
Con la publicación de esta Ley, los autónomos dispondrán de nuevos instrumentos con los que se supone que podrán mejorar su actividad económica (personalmente tengo mis reservas).
Entre las principales novedades que incorpora la ley, destaca la ampliación de la conocida como “tarifa plana para autónomos” gracias a la cual, la cuantía para contingencias comunes queda fijada en 50 euros mensuales durante los primeros seis meses. Se amplía además el incentivo para los autónomos que inicien una actividad por cuenta propia y con posterioridad contrate a trabajadores por cuenta ajena (como sabéis antes no podían contratar a trabajadores porque perdían las bonificaciones).
Otra de las novedades es que se extiende, con independencia de la edad del solicitante, la posibilidad de capitalizar hasta el 100% de la prestación por desempleo para facilitar la inversión y los gastos iniciales de la apertura de un negocio.
Además, los mayores de 30 años podrán compatibilizar durante un máximo de 270 días la prestación por desempleo con el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (autónomo), posibilidad que hasta ahora sólo estaba reservada a los menores de 30 años.
Para favorecer la seguridad del emprendedor y facilitarle una segunda oportunidad, se amplía el plazo, desde los 24 hasta los 60 meses para la reanudación de la prestación por desempleo una vez iniciada una actividad por cuenta propia a todos los trabajadores con derecho a prestación.
Por último, la nueva Ley introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes (aquellos que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente), puedan contratar un trabajador en determinadas circunstancias relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral.
Como podéis ver no son grandes cosas y no creo que potencie mucho la actividad empresarial, pero bueno algo es algo.